SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1323/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1323/2006-R

Fecha: 18-Dic-2006

el  imputado ha quedado en completo estado de indefensión por desconocimiento absoluto del proceso penal en su contra,  y  cuando  por ese motivo no pudo hacer uso oportuno de los medios de defensa que la ley le confiere,

         Por consiguiente el  recurrente no puede alegar indefensión,  cuando ha tenido conocimiento del proceso en su contra y ha sido abandonado por su propia voluntad, pues como señala la jurisprudencia,  el hábeas corpus  sólo se activa en protección de un proceso indebido cuando el  imputado ha quedado en completo estado de indefensión por desconocimiento absoluto del proceso penal en su contra,  y  cuando  por ese motivo no pudo hacer uso oportuno de los medios de defensa que la ley le confiere, lo que no ocurre en autos, en el que el recurrente conoció desde un principio las sindicaciones en su contra y voluntariamente hizo abandono de su defensa  por propia decisión. Por consiguiente en el sentido de lo previsto por el art. 16.IV de la CPE, no puede acudir a éste recurso alegando que no ha sido juzgado en proceso legal que se ha vulnerado  su derecho a la defensa y la garantía del debido proceso extremos que pudo evitar con su participación como se dijo anteriormente, pues nada  le impidió para asumir su defensa dentro del proceso haciendo uso de los recursos que la ley a previsto en igualdad de condiciones a las partes en proceso.