Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1331/2006-R
Fecha: 18-Dic-2006
II.2.
II.2. El 14 de septiembre de 2006, la Fiscal recurrida, presentó imputación formal ante el Juez de Instrucción en lo Penal de la localidad de Guanay (fs. 22 a 23), a cuyo mérito dicha autoridad por decreto de 22 de septiembre de 2006, señaló audiencia de medidas cautelares a horas 15:00 del 23 de septiembre del mismo año; en vista que la recurrente y las demás imputadas se encontraban detenidas en las celdas de la localidad de Caranavi, dispuso la notificación a la jefatura de la Policía fronteriza de Caranavi, para que la recurrente sea remitida a dicha audiencia (fs. 25).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- Fragmento 4
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- 1)
- a no ser
- III.2. Respecto a la supuesta aprehensión ilegal
- únicamente se activa cuando los medios de defensa existentes en el ordenamiento común, no sean los idóneos para reparar, de manera urgente, pronta y eficaz, el derecho a libertad ilegalmente restringido
- 14 de septiembre de 2006,
- III.3.
- III.4.