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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0169/2006-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0169/2006-R

    Fecha: 13-Feb-2006

    II.2.

    II.2.    Por memorando PRES 019/2005, de 12 de mayo, el Presidente de la Corte Departamental Electoral, Pablo Toledo Velarde, en observancia y cumplimiento de la Resolución 20/2005, de 11 de mayo, determinó suspender al recurrente por el lapso de 30 días con goce de haberes y marcado de tarjeta de asistencia en tanto dure el proceso sumario instaurado en su contra (fs. 8).

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad  recurrida y petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • a)
    • la legitimación de las partes
    • la identificación precisa del demandado en el recurso de amparo, es una exigencia que permite saber quién o quienes son los sujetos que considera el recurrente lesionaron sus derechos fundamentales o garantías constitucionales, es decir, establecer la legitimación pasiva de la parte recurrida.
    • b) La legitimación pasiva respecto a tribunales u órganos colegiados y los motivos por los cuales el amparo no puede prosperar ante su incumplimiento
    • modificar, confirmar o revocar
    • III.2. El caso de examen
    • III.2.1.
    • III.2.2.
    • APROBAR

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