AUTO CONSTITUCIONAL 100/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 100/2006-RCA

Fecha: 31-Mar-2006

toda acción tutelar de derechos y garantías debe concluir con la Resolución del Tribunal Constitucional que conoce en revisión los fallos pronunciados por el Juez o Tribunal de amparo

La SC 252/2004-R, de 20 de febrero, en su fundamento jurídico III.1, haciendo referencia  a la SC1347/2003-R, de 16 de septiembre, señaló que: “… toda acción tutelar de derechos y garantías debe concluir con la Resolución del Tribunal Constitucional que conoce en revisión los fallos pronunciados por el Juez o Tribunal de amparo o hábeas corpus, conforme prescriben los arts. 18 y 19.IV CPE, 93 y 102.V LTC un mismo hecho, induciendo a error a los Tribunales de garantías.