AUTO CONSTITUCIONAL 104/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 104/2006-RCA

Fecha: 31-Mar-2006

rechazo

El Juez de Partido y de Sentencia en lo Penal y Liquidador de las Provincias Pantaleón Dalence y Poopo  del Distrito Judicial de Oruro, mediante Resolución de 11 de agosto de 2005, cursante a fs. 15, rechazo el presente recurso, con el fundamento de que el conocimiento de cualquier pedido de reincorporación a su fuente de trabajo, es atribución exclusiva de la judicatura laboral, por cuanto el amparo constitucional no es sustitutivo de otros medios de defensa o recursos previstos por ley, conforme lo dispuesto por el art. 94 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).