Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 104/2006-RCA
Fecha: 31-Mar-2006
revisión
En revisión la Resolución de 11 de agosto de 2005, cursante a fs. 15 pronunciada por el Juez de Partido y de Sentencia en lo Penal y Liquidador de las Provincias Pantaleón Dalence y Poopo, del Distrito Judicial de Oruro, dentro del recurso de amparo constitucional, interpuesto por José Agustín Choque Colque contra David Mollinedo Quispe y Lucas Toco Villca, Presidentes de los Consejos de Administración y Vigilancia, respectivamente, de la Cooperativa Minera Nueva Karazapato Ltda.; por haber vulnerado su derecho al trabajo, sin especificar el artículo constitucional respectivo.
- revisión
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de la demanda
- rechazo
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1.
- I.-
- los defectos formales, que son los previstos en los numerales I, II y V del art. 97, podrán ser subsanados
- Sobre la importancia
- II.3.
- su omisión determina el rechazo in limine
- la causa de pedir contiene dos elementos: 1) el elemento fáctico
- no impugna, ni pide se deje sin efecto el mismo
- II.4.
- APROBAR