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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0013/2006
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0013/2006

    Fecha: 15-Mar-2006

    servicios públicos

    El art. 12, dispone: “En caso de emergencia que conlleve riesgo para la continuidad o regularidad en la prestación de servicios públicos, los Superintendentes, de oficio o a pedido de parte adoptarán resoluciones urgentes, necesarias para atender la emergencia y evitar perjuicios a los administrados”.

    • recurso directo de nulidad
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.2. Autoridad recurrida y petitorio
    • I.3. Alegaciones de la autoridad recurrida
    • I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5
    • TERCERO.- INSTRUIR
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.     Servicio público
    • III.3.     La regulación y los entes regulatorios
    • III.4.     El sistema regulatorio en Bolivia
    • III.5.     Atribuciones generales de los Superintendentes
    • III.6.     La Superintendencia de Telecomunicaciones
    • III.7.     Adopción de Resoluciones urgentes
    • servicios públicos
    • III.8.
    • III.9.    La problemática planteada

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