SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0210/2006-R
Fecha: 07-Mar-2006
Fragmento 20
Dentro de ese marco normativo legal, la doctrina constitucional en cuanto al alcance de la tutela que brinda el recurso de hábeas corpus respecto al procesamiento indebido, en las SSCC 024/2001-R, 1484/2003-R, 1689/2004-R, entre otras, ha determinado lo siguiente: “(…) la protección que brinda el art. 18 de la Constitución Política en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión, quedando por tanto las demás bajo la tutela que brinda el art. 19 constitucional, (…)”.