SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0210/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0210/2006-R

Fecha: 07-Mar-2006

improcedente

Concluida la audiencia, el Tribunal del recurso declaró improcedente el hábeas corpus con los siguientes fundamentos: a) existe evidencia de una denuncia, investigación e imputación formal, así como Resoluciones de medidas cautelares que negaron la libertad del recurrente, por lo que no existe procesamiento indebido, puesto que el citado se encuentra sujeto a las normas del procesamiento penal vigente por la supuesta comisión de hechos delictivos; b) al emitir la orden de citación por edictos la Jueza recurrida se atuvo a la representación formulada por el Fiscal asignado en ese entonces al caso, limitándose a cumplir lo dispuesto por el art. 165 del Código de procedimiento penal (CPP); c) la Jueza recurrida pronunció las Resoluciones 229/05 y 350/05 rechazando la sustitución de medidas cautelares, una de ellas fue confirmada en apelación por Auto de Vista 98/2005, mientras que la otra se encuentra pendiente de resolución al haber sido apelada y concedida dicha apelación; d) los aspectos reiteradamente aludidos en el recurso sobre actuaciones defectuosas por vicios procesales, aún no fueron apelados, no obstante dichos aspectos no son materia de un recurso de hábeas corpus, sino de un amparo constitucional; y e) las medidas cautelares son modificables o revocables aún de oficio y existiendo medios de defensa y recursos ordinarios como extraordinarios pendientes, es de aplicación en el presente caso el principio de subsidiariedad como lo señala la SC 0160/2005-R, de 23 de febrero.