SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0243/2006-R
Fecha: 15-Mar-2006
III.2.
III.2. En el caso que se examina, el proceso penal seguido por Juan Carlos Prado Velasco, en representación de Stephan Claude Lett por el delito de alzamiento de bienes o falencia civil contra Cecilia Lozada de Justiniano -ahora recurrente- fue admitido por la autoridad judicial recurrida por Auto de 3 de diciembre de 2004, señalando audiencia de conciliación para el 9 de diciembre de ese año. Por memorial de 8 de diciembre el apoderado y abogado del querellante solicitó la suspensión de audiencia señalando que no se pudo notificar personalmente a la imputada, solicitud que fue rechazada por el recurrido mediante proveído de la misma fecha; en cuyo mérito, a horas 11:00 a.m. del 9 de diciembre de 2004, se instaló la audiencia y habiéndose informado por Secretaría que las partes habían sido debidamente notificadas y que ninguna estaba presente, ordenó la suspensión del acto. Posteriormente, el abogado y apoderado del querellante mediante memorial presentado el 16 de diciembre de 2004, solicitó nueva audiencia conciliatoria, solicitud que fue deferida para el 23 de diciembre de 2004, en la cual la autoridad recurrida por Auto de esa fecha declaró agotada la instancia de conciliación al haber asistido a dicha audiencia sólo el querellante y no así la parte imputada, radicando la causa y dictando Auto de apertura del juicio, ordenando la notificación personal a la imputada con la acusación, otorgándole diez días para ofrecer prueba de descargo. Por memorial de 27 de diciembre de 2004, el querellante ratificó las pruebas ofrecidas en su querella. Una vez notificada la recurrente con la acusación, auto de apertura de juicio y demás actuados, por escrito de 29 de marzo de 2005 solicitó se declare el abandono de la querella, extrañando de parte del querellante no haber justificado en su oportunidad su ausencia a la audiencia conciliatoria, disponiendo el juez que la parte querellante se pronuncie al respecto. Por memorial presentado el 15 de abril de 2005 el querellante solicitó señalamiento de día y hora de audiencia de juicio oral, aduciendo que si bien la audiencia del 9 de diciembre fue suspendida; empero, el 8 de diciembre solicitó la suspensión de la misma, y posteriormente por memorial de 16 de diciembre solicitó una nueva audiencia, la que se efectuó el 23 de diciembre y ante la inasistencia de la querellada, pidió desestimar la pretensión de contrario.