SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0253/2006-R
Fecha: 22-Mar-2006
II.4.
II.4. De la revisión del sistema de gestión procesal de este Tribunal, se evidencia la existencia de la SC 1505/2005-R, de 25 de noviembre, que aprobó la improcedencia del recurso de amparo constitucional mencionado, con los siguientes fundamentos jurídicos: 1) la declaración de extemporaneidad de la prueba testifical presentada por el recurrente, se dio en forma razonable y conforme a derecho, por cuanto al haberla presentado dos horas antes del vencimiento el plazo probatorio, no era posible producir la misma en el tiempo que restaba, pues como establece el art. 45 del CEPA, la prueba de cargo y descargo debe producirse dentro del término probatorio de los diez días, de manera que con esta actuación no se vulneró ningún derecho ni garantía constitucional del actor; y 2) respecto a los miembros del Tribunal Nacional de Honor del Colegio de Abogados, corresponde dejar claramente establecido que al no haber sido demandados en el presente amparo, carecen de legitimación pasiva, por lo que no se puede ingresar al análisis de fondo con relación a ellos.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- cualquier decisión que se hubiere tomado en ese ínterin y que las partes consideraran indebidas no pueden ser denunciadas a través de otro amparo
- III.2.
- improcedente
- APROBAR