SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0288/2006-R
Fecha: 28-Mar-2006
II.1.
II.1. La cédula de identidad del recurrente, emitida el 22 de noviembre de 2003, registra como su domicilio el barrio Héroes del Chaco “U.V.” 91; asimismo, cursa copia de la facturación por consumo de energía eléctrica a nombre de María del Carmen de Jaramillo señalando como domicilio el citado y especificando la manzana 31 de la Unidad Vecinal (fs. 1 a 2). También, cursan recibos de pago de asistencia familiar de las gestiones 2004 y 2005 por la suma de Bs260.- mensuales (fs. 7 a 10), constando la recepción personal de dicha suma por la beneficiaria en los meses junio, julio, agosto y septiembre de 2004, indicando en el tenor de dichos recibos que recibía la asistencia familiar de su padre (fs. 11 a 12).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 11
- lo que correspondía, era solicitar a la demandante del proceso de asistencia familiar, señale nuevamente el domicilio real del obligado, y en caso de ignorarse el mismo, previo juramento de desconocimiento, proceda a la notificación por edictos
- III.3.
- APROBAR