SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0292/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0292/2006-R

Fecha: 28-Mar-2006

I.2.2. Informe de las autoridades recurridas

El Fiscal recurrido informó que se está realizando la investigación del caso Argosur SRL a denuncia del SIN contra varias empresas, habiendo él continuado las investigaciones en relación a la imputación del anterior Fiscal contra Julio Inchauste y otros, imputación en la que no está incluido el representado del actor, quien únicamente tiene calidad de denunciado y en esa calidad se le recibió su declaración conforme a los arts. 92 y ss. del CPP, al margen que fue convocado a un careo, sin que en momento alguno se le haya impuesto ninguna otra obligación como presentarse, asistir a audiencias o a actos preparatorios, por lo que no se le ha vulnerado la seguridad jurídica ni el debido proceso, que son garantías de los imputados y no de los denunciados. Como quiera que el edicto para notificar a los imputados fue publicado el 25 de mayo de 2005, el plazo para continuar la etapa preparatoria está vigente, por ende, no se han vulnerado plazos procesales, y si fuera el caso existe la autoridad competente para regularlos y conminar.