SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0017/2006
Fecha: 05-Abr-2006
I.1.2. Autoridad recurrida y petitorio
Se plantea el presente recurso contra Martha Bozo Espinoza, Ministra de Desarrollo Sostenible, solicitando se declare nula la RM 019/2005, de 28 de enero por estar la misma dentro de las previsiones del art. 31 de la CPE al haber vulnerado los arts. 59 inc. 18 de la CPE, art. 153 de la Ley de Municipalidades (LM), los arts. 1, 2 y 3 del DS 26570 y el art. 8 de la Ley de Organización del Poder Ejecutivo (LOPE), disponiendo se restablezca la cartografía de octubre de 1999, se restablezca la población oficial del Municipio de San Ignacio de Moxos resultante del Censo 2001 contenido en el DS 26570 y la tabla de población vigente establecido en el DS 26772 y cese sus efectos sobre los recursos de coparticipación tributaria y del Diálogo Nacional 2000 de su Municipio.
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Admisión y citación
- I.3. Alegaciones de la autoridad recurrida
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1)
- sólo cabe considerar si el órgano generador del acto que se impugna tiene jurisdicción y competencia”,
- III.2.
- III.3.
- el Ministerio de Desarrollo Sostenible
- INFUNDADO