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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0017/2006
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0017/2006

    Fecha: 05-Abr-2006

    I.2. Admisión y citación

    Por AC 657/2005-CA, de 21 de diciembre, la Comisión de Admisión admitió el recurso directo de nulidad, disponiendo la citación de la autoridad recurrida, otorgándole el plazo de veinticuatro horas para remitir los antecedentes y cinco días para responder a la demanda (fs. 137 a 141), constando la legal citación al recurrido el 30 de enero de 2006 (fs. 184).

    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.2. Autoridad recurrida y petitorio
    • I.2. Admisión y citación
    • I.3. Alegaciones de la autoridad recurrida
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • 1)
    • sólo cabe considerar si el órgano generador del acto que se impugna tiene jurisdicción y competencia”,
    • III.2.
    • III.3.
    • el Ministerio de Desarrollo Sostenible
    • INFUNDADO

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