SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0320/2006-R
Fecha: 05-Abr-2006
después de más de nueve meses,
Posteriormente el 29 de octubre de 2004, después de más de nueve meses, se comunicó a la empresa recurrente el rechazo definitivo a las solicitudes de reproceso mediante nota GDSC/GRACO/DER/SIVEX/OF-04-1014/2004 y en mérito a su solicitud de reconsideración de 19 de noviembre de 2004, por nota GDSC/GRACO/DER/SIVEX/OF-04-1108/2004, de 30 de noviembre de 2004, la autoridad demandada comunicó a la empresa recurrente la ratificación al rechazo definitivo notificado mediante nota: GDSC/GRACO/DER/SIVEX/OF-04-1014/2004, de 29 de octubre de 2004. Nota respecto a la cual, por memorial de 28 de marzo de 2005, solicitó al Gerente Distrital de GRACO la emisión de resolución administrativa fundamentada respecto a sus solicitudes de reproceso, a fin de poder interponer los recursos que la ley franquea, pedido que mereció la providencia de 13 de mayo de 2005 que dispuso estarse a lo establecido en los oficios de 29 de octubre y 30 de noviembre de 2004; determinando que la empresa recurrente interponga recurso de revocatoria, que mereció la providencia de 6 de junio de 2005 que resolvió mantener firme y subsistente el acto administrativo de “16 de mayo de 2005”, - debe entenderse del 13 de mayo de ese año - bajo el argumento de que el recurso fue presentado después de los diez días de plazo establecido por el art. 64 de la Ley de Procedimiento Administrativo .
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- concedió
- a)
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- después de más de nueve meses,
- cuando lo que correspondía a fin de viabilizar el presente recurso era interponerlo dentro de los siguientes seis meses de conocida la nota de 29 de diciembre de 2003 emitida por la autoridad demandada, si consideraba que el rechazo a sus solicitudes exigía el pronunciamiento de una resolución fundada