Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0320/2006-R
Fecha: 05-Abr-2006
Fragmento 3
De acuerdo a lo expuesto, interpone recurso de amparo contra Miguel Sanz Chávez, Gerente Distrital de GRACO del SIN, impetrando su procedencia con costas y responsabilidad, por ende, se ordene a la autoridad demandada resuelva las peticiones de reproceso de Cedeims mediante Resolución Administrativa expresa y motivada; además, se declaren ilegales los rechazos de las solicitudes de devolución impositiva o reproceso efectuados por el SIN mediante simples e infundadas cartas.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- concedió
- a)
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- después de más de nueve meses,
- cuando lo que correspondía a fin de viabilizar el presente recurso era interponerlo dentro de los siguientes seis meses de conocida la nota de 29 de diciembre de 2003 emitida por la autoridad demandada, si consideraba que el rechazo a sus solicitudes exigía el pronunciamiento de una resolución fundada