SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0366/2006-R
Fecha: 12-Abr-2006
1)
Esta decisión apelada por el recurrente determinó el pronunciamiento del Auto de Vista de 27 de enero de 2006 dictado por los vocales recurridos que declaró improcedente la apelación interpuesta con los siguientes fundamentos legales: 1) Por Auto de 25 de mayo de 2005, el Tribunal inferior revocó las medidas sustitutivas, pues el imputado incumplió la obligación de firmar el libro de presentaciones ante el Tribunal Cuarto de Sentencia, 2) el mencionado Tribunal a tiempo de dictar la Resolución apelada expuso fundadamente que concurría el peligro de fuga en lo que respecta al recurrente por cuanto en su contra y en el mismo Tribunal, ya se había dictado una Sentencia condenatoria, aspecto corroborado por el abogado defensor, 3) el Tribunal a quo al rechazar la solicitud de cesación de la detención obró correctamente por cuanto no sólo consideró la circunstancia de que el imputado incumplió su obligación de firmar el libro ante el Tribunal, sino que además fundamentó su decisión en el hecho objetivo de que en contra del imputado se dictó una Sentencia condenatoria conforme el art. 234 inc. 6) del CPP; 4) el imputado no acreditó la existencia de nuevos elementos de juicio que desvirtúen los fundamentos en los que se basan los Autos de 25 de mayo de 2005 y 17 de enero de 2006.