SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0366/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0366/2006-R

Fecha: 12-Abr-2006

II.8.

II.8.    Por Auto de Vista de 27 de enero de 2006 (fs. 14 vta. a 15 vta.), la Sala Penal Primera compuesta por los vocales recurridos, declaró improcedente la apelación interpuesta por el recurrente confirmando el Auto de 17 de enero de 2006, con los siguientes argumentos: i) Por Auto de 25 de mayo de 2005, el tribunal inferior revocó las medidas sustitutivas, pues el imputado incumplió la obligación de firmar el libro de presentaciones ante el Tribunal Cuarto de Sentencia; ii) el mencionado Tribunal a tiempo de dictar la Resolución apelada expuso fundadamente que eventualmente concurría el peligro de fuga en lo que respecta al recurrente por cuanto en su contra y en el mismo Tribunal, ya se había dictado una Sentencia condenatoria, aspecto corroborado por el abogado defensor; iii) el Tribunal a quo al rechazar la solicitud de cesación de la detención obró correctamente por cuanto no sólo consideró la circunstancia de que el imputado incumplió su obligación de firmar el libro ante el Tribunal, sino que además fundamentó su decisión en el hecho objetivo de que en contra del imputado se dictó una Sentencia condenatoria conforme el art. 234 inc. 6) del CPP; iv) el imputado no acreditó la existencia de nuevos elementos de juicio que desvirtúen los fundamentos en los que se basan los Autos de 25 de mayo de 2005 y 17 de enero de 2006.