SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0379/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0379/2006-R

Fecha: 18-Abr-2006

Fragmento 16

         Asimismo, se evidencia también que el Tribunal del recurso no ha realizado un examen completo y prolijo del memorial de demanda, por cuanto la recurrente denuncia además otros actos ilegales en los que supuestamente hubiesen incurrido los demandados y que en efecto atentan contra el derecho a la libertad de su representado, como el tratamiento que se dio a la solicitud de medidas sustitutivas a la detención preventiva, la misma que fue rechazada por los jueces y tribunales de instancia, aspecto que a su juicio convierte a la detención preventiva de su defendido en indebida, solicitando por ende su libertad inmediata, lo que sin lugar a dudas es materia de hábeas corpus, por lo que en este caso -se reitera- la audiencia debió ser señalada y realizarse indefectiblemente, consecuentemente, los vocales del Tribunal del recurso al no haber procedido conforme a lo dispuesto por el art. 18 de la CPE, han incurrido en una injustificada denegación de justicia, encontrándose sujetos a la sanción que hace referencia el parágrafo VI de dicho artículo.