SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0409/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0409/2006-R

Fecha: 28-Abr-2006

1)

La Fiscal recurrida brindó informe en audiencia, indicando: 1) el caso se inició sin detenido y una vez que ingresó a la PTJ lo primero que hizo fue informar al Juez sobre el inicio de la investigación, siendo que desconocía la edad del adolescente; 2) al día siguiente de ingresado el caso, la denunciante llegó con sus familiares y el adolescente aprehendido y como conforme al art. 235 del CNNA no es facultad del fiscal disponer la libertad del denunciado, ordenó su ingreso al “Centro Fortaleza”; 3) existen suficientes indicios para presumir que el menor sea autor del hecho investigado, pues se cuenta con el certificado forense y la entrevista psicológica del indicado, quien fue aprehendido por los propios familiares; 4) por el recargo de trabajo no le fue posible atender el caso y presentar la imputación a tiempo ante el Juez de la Niñez y Adolescencia, tampoco el abogado o sus padres se apersonaron por la Fiscalía para poder resolver el caso.