SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0409/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0409/2006-R

Fecha: 28-Abr-2006

procedente

Concluida la audiencia, el Tribunal de hábeas corpus pronunció Resolución declarando procedente el recurso, disponiendo que la Fiscal ponga al representado del recurrente a disposición del “Juez del menor” dentro de las veinticuatro horas, a los efectos de que determine su situación jurídica, sin disponer su libertad. Como fundamentos se señalan: 1) el Código del niño, niña y adolescente establece que el “juez del menor” es competente para disponer la detención o internación del menor en un centro especializado, y si bien en casos extremos el Fiscal puede disponer la medida, ésta debe ser ratificada por la autoridad jurisdiccional dentro del término de ley; 2) la actuación de la Fiscal recurrida es excusable debido a que a simple vista no es posible determinar que el imputado sea menor de dieciséis años, lo que se tiene evidenciado del certificado de nacimiento.

Los antecedentes expuestos precedentemente muestran que el caso se encuentra dentro de las previsiones y alcances del art. 18 de la CPE, por lo que el Tribunal de hábeas corpus al haber declarado procedente el recurso ha efectuado una adecuada compulsa del mismo y dado cabal aplicación al citado precepto constitucional.