SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0411/2006-R
Fecha: 28-Abr-2006
concede
Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo constitucional concede el recurso interpuesto con los siguientes fundamentos: 1) si bien la inquilina se encontraba en mora por falta de pago de alquileres y servicio de agua, COSSMIL a través de sus autoridades administrativas ha desconocido el procedimiento legal para la recuperación del local establecido por los arts. 631 y ss. del Código de procedimiento civil (CPC), vale decir, el trámite civil de desalojo ante la autoridad judicial, ya que no contaban con mandamiento de lanzamiento para la desocupación del local alquilado; 2) la recuperación por cuenta propia que han realizado las autoridades los días 23 y 24 de agosto de 2005, del ya referido local de comercio, ha vulnerado los derechos y garantías consagrados por los arts. 7 inc. d), 8 inc. b) y 16 de la CPE.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2. Trámite y Resoluciones del Tribunal de amparo constitucional y Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional
- 1)
- concede
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en casos de contrato de arrendamiento, si bien existen vías judiciales para que las partes que lo suscribieron hagan valer sus derechos, esta jurisdicción no puede sustraerse a la concesión de la tutela, al darse el plano de desigualdad, en que se encuentra el arrendatario frente al arrendador propietario, al vulnerarse con estas actitudes de hecho, derechos fundamentales que requieren urgente protección, como es el caso del derecho al trabajo, que resulta lesionado por el acto ilegal denunciado
- III.2.
- APROBAR