Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0411/2006-R
Fecha: 28-Abr-2006
I.1.3. Personas recurridas y petitorio
La recurrente interpone recurso de amparo constitucional contra Máximo García Bonilla, Mario Guillén y Cornelio Martínez Rodríguez, gerentes General, de Finanzas, y del Departamento de Bienes y Servicios, respectivamente de COSSMIL, solicitando se declare procedente y disponga la inmediata devolución del local que viene ocupando en su calidad de inquilina, el reestablecimiento de los servicios de agua y luz, el cese de los actos ilegales cometidos por los recurridos y terceras personas, el pago de daños ocasionados y costas.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2. Trámite y Resoluciones del Tribunal de amparo constitucional y Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional
- 1)
- concede
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en casos de contrato de arrendamiento, si bien existen vías judiciales para que las partes que lo suscribieron hagan valer sus derechos, esta jurisdicción no puede sustraerse a la concesión de la tutela, al darse el plano de desigualdad, en que se encuentra el arrendatario frente al arrendador propietario, al vulnerarse con estas actitudes de hecho, derechos fundamentales que requieren urgente protección, como es el caso del derecho al trabajo, que resulta lesionado por el acto ilegal denunciado
- III.2.
- APROBAR