SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0411/2006-R
Fecha: 28-Abr-2006
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
El 1 de marzo de 2004, suscribió con COSSMIL un contrato de arrendamiento de un local comercial ubicado en la Plaza Venezuela 1471 (av. 16 de julio) por el plazo de un año y el canon de alquiler mensual de $US700.-; cumplido ese plazo mediante cartas notariadas le ofrecieron renovar el contrato pero con el canon de alquiler de $US1.000.- imposible de cumplir, esto después de que la empresa se encuentra en el local más de diez años como inquilinos, hasta el presente y pese a presiones que viene sufriendo no acepta dicho canon .
El 23 de agosto de 2005, los recurridos se apersonaron al local comercial conocido como “Pato de Goma” dedicado a la pastelería, ingresando violentamente, amenazando al personal de servicio, y colocando un candado en la puerta principal con la pretensión de evitar su ingreso, lo cual no fue permitido; empero, les quitaron la luz eléctrica amenazando que después volvería a sacarlos, razón por la que el personal quedó traumado en la creencia de poder ser objeto de maltrato psicológico, moral y físico.
Al hacer justicia por sus propias manos, atropellando, intimidando, colocando candados y chapas en forma arbitraria, con la custodia de cuatro policías militares y cortando el uso de energía eléctrica sustituyen la acción de la justicia por la de sus propias manos, violando las normas que garantizan el ejercicio libre de los derechos que regulan la vida social.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2. Trámite y Resoluciones del Tribunal de amparo constitucional y Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional
- 1)
- concede
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en casos de contrato de arrendamiento, si bien existen vías judiciales para que las partes que lo suscribieron hagan valer sus derechos, esta jurisdicción no puede sustraerse a la concesión de la tutela, al darse el plano de desigualdad, en que se encuentra el arrendatario frente al arrendador propietario, al vulnerarse con estas actitudes de hecho, derechos fundamentales que requieren urgente protección, como es el caso del derecho al trabajo, que resulta lesionado por el acto ilegal denunciado
- III.2.
- APROBAR