SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0419/2006-R
Fecha: 03-May-2006
FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente señala que a consecuencia de la querella penal deducida por Waldo y Lilian Bozo Espinoza contra Martha Pabón de Bozo y él, si bien el Fiscal asignado al caso y responsable de la investigación emitió un requerimiento conclusivo de sobreseimiento, empero, el mismo fue impugnado; mereciendo la Resolución 56/05 que por una parte, ratificó el sobreseimiento respecto de la querella interpuesta por María Lilian del Rosario Bozo Espinoza y; por otra parte, en cuanto a la querella interpuesta por Waldo Guillermo Bozo Espinoza, dispuso que en el plazo de diez días se presente acusación en su contra; por lo que al no haberse considerado ni valorado adecuadamente los elementos de prueba presentados para lograr su sobreseimiento, debido a que dos cuerpos del expediente, en los que se encontraban dichos elementos de prueba, no fueron remitidos oportunamente a dicha autoridad para que los valore a tiempo de dictar la Resolución impugnada; se restringieron y suprimieron sus derechos a la seguridad jurídica, a la defensa y al debido proceso; encontrándose al presente con una acusación en su contra presentada por el Fiscal de Materia recurrido, por lo que interpone el presente recurso. Corresponde analizar por ende si tales aseveraciones son ciertas, y si dan lugar o no a brindar la tutela que otorga el art. 19 de la CPE.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- el supuesto extravió de los documentos es ratificado por el Fiscal Asistente,
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- derecho a la seguridad jurídica
- debido proceso
- derecho a la defensa
- III.2.
- excepto cuando el juzgador se hubiese apartado de las previsiones legales que rigen el acto procesal como de los marcos legales de razonabilidad y equidad, o cuando se hubiere omitido arbitrariamente valorar la prueba y su lógica consecuencia sea la lesión de derechos fundamentales y garantías constitucionales
- III.3.
- Informe de 16 de abril de 2005
- III.4.
- APRUEBA