SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0419/2006-R
Fecha: 03-May-2006
III.3.
III.3. En el caso que se examina, se evidencia que a consecuencia de la querella penal deducida por Waldo y Lilian Bozo Espinoza contra Martha Pabón y Carlos Eduardo Bozo Espinoza -ahora recurrente-, si bien es cierto que el Fiscal de Materia recurrido, asignado al caso y responsable de la investigación emitió un requerimiento conclusivo de sobreseimiento a favor del ahora recurrente, empero, el mismo fue impugnado, siendo remitida la objeción ante el Fiscal de Distrito recurrido, quien dictó la Resolución 56/05, de 5 de febrero de 2005 -ahora impugnada- ratificando en parte la Resolución de 22 de enero de 2005 de sobreseimiento a favor del ahora recurrente respecto de la querella interpuesta por María Lilian del Rosario Bozo Espinoza; asimismo, en cuanto a la querella interpuesta por Waldo Guillermo Bozo Espinoza, dispuso que en el plazo de diez días se presente acusación contra el imputado Carlos Eduardo Bozo Espinoza -recurrente-. Ante esta situación el recurrente reclama en este recurso que no se consideraron ni valoraron adecuadamente los elementos de prueba presentados para lograr su sobreseimiento; prueba que está referida a una certificación emitida por la Notaria Virginia Paredes expresando ser evidente que en los libros de escrituras públicas a su cargo se encuentran el Testimonio 60/93 conferido por Waldo Guillermo Bozo Espinoza a favor de su hermano Carlos Eduardo Bozo Espinoza -ahora recurrente-; además de la revocatoria de Poder 120/2000 realizada ante la Notaria de Fe Pública Virginia Paredes; luego, un certificado expedido por el Secretario del Juzgado de Partido Sexto en lo Civil y, finalmente, la escritura pública 703/1996; pruebas que no fueron valoradas por el Fiscal de Distrito debido a que dos cuerpos del expediente, en los que se encontraban dichos elementos de prueba del imputado -ahora recurrente-, no fueron remitidos oportunamente a dicha autoridad para que los valore a tiempo de dictar la resolución impugnada; encontrándose al presente con una acusación en su contra presentada por el Fiscal de Materia recurrido, por lo que interpone el presente recurso.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- el supuesto extravió de los documentos es ratificado por el Fiscal Asistente,
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- derecho a la seguridad jurídica
- debido proceso
- derecho a la defensa
- III.2.
- excepto cuando el juzgador se hubiese apartado de las previsiones legales que rigen el acto procesal como de los marcos legales de razonabilidad y equidad, o cuando se hubiere omitido arbitrariamente valorar la prueba y su lógica consecuencia sea la lesión de derechos fundamentales y garantías constitucionales
- III.3.
- Informe de 16 de abril de 2005
- III.4.
- APRUEBA