Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0437/2006-R
Fecha: 09-May-2006
II.1.
II.1. A fs. 3 cursa el informe del oficial de DIPROVE, Vladic Sarmiento Cáceres dirigida a la Fiscal de Aduana de Cochabamba de 27 de diciembre de 2004, en el que se establece que el vehículo marca Chrysler, color blanco, chasis 1C3EMB6C1WN258227, se encuentra reportado como robado en la República del Brasil (fs. 3).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- En caso que el vehículo esté registrado con denuncia de robo será remitido al Fiscal adscrito a DIPROVE
- la participación del Ministerio Público se limita al desarrollo del proceso penal en la respectiva etapa o fase procesal, sin que le corresponda ningún pronunciamiento respecto al trámite de nacionalización de vehículos, al ser ésa una facultad privativa de la Aduana Nacional,
- III.3.
- III.4.
- APROBAR