Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0447/2006-R
Fecha: 10-May-2006
Fragmento 20
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 18.III y 120. 7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 93 de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión REVOCA la Resolución 129/2006, de 16 de febrero, cursante de fs. 127 a 128, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, y declara IMPROCEDENTE el recurso de hábeas corpus impetrado.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- De ese modo existen dos conminatorias la de 14 de noviembre de 2005, notificada el 6 de diciembre de 2005, y la segunda de 18 de enero de 2006, que no fue notificada al Fiscal de Distrito.
- a)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9. El 19 de enero
- II.10.
- Fragmento 15
- III.1.
- se constata que el recurrente se encuentra sometido a un proceso penal a mérito de la imputación formal
- la aplicación de la medida cautelar de detención preventiva, dispuesta por el Juez recurrido
- III.2.
- Fragmento 20