Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0447/2006-R
Fecha: 10-May-2006
II.5.
II.5. El 5 de diciembre de 2005, los querellantes, dándose por notificados con la conminatoria, presentan acusación particular ante el Juzgado de Instrucción habiendo la Jueza ahora recurrida resuelto que la misma debería presentarse en el “tribunal de sentencia correspondiente” (sic) (fs. 86 a 88).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- De ese modo existen dos conminatorias la de 14 de noviembre de 2005, notificada el 6 de diciembre de 2005, y la segunda de 18 de enero de 2006, que no fue notificada al Fiscal de Distrito.
- a)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9. El 19 de enero
- II.10.
- Fragmento 15
- III.1.
- se constata que el recurrente se encuentra sometido a un proceso penal a mérito de la imputación formal
- la aplicación de la medida cautelar de detención preventiva, dispuesta por el Juez recurrido
- III.2.
- Fragmento 20