Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0457/2006-R
Fecha: 15-May-2006
II.7.
II.7. Por memorial de 18 de agosto de 2005, el ahora recurrente dirigiéndose al Fiscal de Materia de Monteagudo, solicitó que a efectos de interponer el presente recurso de amparo constitucional, se requiera al recurrido que franquee documentación en fotocopias legalizadas respecto a varios extremos (fs. 9 y vta.); a cuya consecuencia, el Fiscal de Materia requirió ante el Consejo de Administración, se franquee la documentación solicitada (fs. 10) y previa conminatoria (11 vta.); mereció el oficio de 30 de agosto de 2005, emitido por el ahora recurrido en su condición de Presidente del Consejo de Administración de COSERMO Ltda. (fs. 8).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Persona recurrida y petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- cuando los actos o decisiones, denunciados como ilegales o indebidos, provienen de un tribunal colegiado la legitimación pasiva le corresponda a todos los miembros de dicho Tribunal que hubiesen intervenido positivamente en la adopción del acto o la decisión
- III.5.
- REVOCAR