SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0457/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0457/2006-R

Fecha: 15-May-2006

III.4.

III.4. Por otra parte, corresponde también hacer referencia a la legitimación pasiva como requisito de admisión del recurso de amparo constitucional. Al efecto, este Tribunal Constitucional respecto a la legitimación pasiva de los entes colegiados, contenida en la SC 059/2004-R, de 14 de enero, Fundamento Jurídico III.4 estableció que “cuando una resolución ha sido pronunciada por un Tribunal Colegiado, el recurso debe ser interpuesto, contra todos quienes intervinieron en ella”. Posteriormente, precisando la línea jurisprudencial referida, la SC 711/2005-R, de 28 de junio, Fundamento Jurídico III.2 determinó que: “(..) para que sea viable el recurso de amparo, cuando es planteado contra decisiones judiciales o administrativas pronunciadas por tribunales u órganos colegiados, públicos o particulares, sea como emergencia de procesos, o de cualesquier tipo de decisiones o actos, es de inexcusable cumplimiento que esta acción tutelar esté dirigida contra todos los miembros que asumieron dichas decisiones y, por lo mismo, se constituyan en agraviantes de los supuestos actos lesivos denunciados; sin que el señalamiento del sujeto pasivo de la tutela resulte de la libre elección del actor, el que necesariamente debe estar determinado por los hechos que le sirven de causa a su acción, debiendo preguntarse, en cada caso, quienes son los que asumieron efectivamente la decisión lesiva a sus derechos (...)“.


El entendimiento contenido en la Resolución aludida, que fue seguido por las SSCC 59/2004-R, 295/2004-R, 88/2005-R, se aplicó a los casos en los que se impugnaban actos o resoluciones en los que el recurso sólo se dirigió contra uno de los miembros del ente colegiado, no obstante que la Resolución fue emitida por todos los componentes de ese órgano; como por ejemplo, Resoluciones y Ordenanzas Municipales, Resoluciones de Tribunales de apelación o casación, o Resoluciones del Consejo Universitario.