SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0468/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0468/2006-R

Fecha: 16-May-2006

Fragmento 4

Alfredo Chávez Pérez y Velia Guachalla Novillo, Presidente y Vocal de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz respectivamente, en el informe presentado cursante de fs. 100 a 101, señalaron que dentro el proceso ejecutivo seguido por Luis Fernández Pinto contra Pascual Ibáñez Mendizábal y Edna Arratia de Ibáñez, la Sala que integran conoció el recurso de apelación que interpuso la actora contra la Resolución 510/2003 que rechazo el incidente de nulidad planteado con el fundamento de que no se dio cumplimiento a lo dispuesto por la Resolución 446/2000, de 6 de diciembre, que ordenó la citación por edictos al tutor Edgar Ibáñez Arratia, sin tener en cuenta que ante la incapacidad del nombrado ejecutado se dispuso la suspensión del trámite procesal y la citación del tutor mediante edictos para que asuma defensa en el plazo de 30 días, sin embargo, según lo manifestado por el ejecutante, éste reiteradamente habría solicitado conminarse a la recurrente “Edna Arratia de Ibáñez Mendizábal” (sic) a presentar el certificado de defunción de su padre, Pascual Ibáñez Mendizábal, quien habría fallecido el 16 de agosto de 2000; y recién, una vez presentado el mismo se suspendió la tramitación del proceso el 30 de octubre de 2001, ordenando la citación mediante edictos a los herederos a fin de que asuman defensa en el estado que se encuentre el proceso, quienes después de haber sido citados mediante edictos, se prosiguió con el trámite sin intervención del tutor, en razón a que dicho cargo se extinguió con la muerte del ejecutado, por lo que, el Juez a quo al rechazar el incidente formulado obró correctamente.