Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0476/2006-R
Fecha: 17-May-2006
II.8.
II.8. El 24 de mayo de 2004, el recurrente, mediante memorial dirigido al Ministro de Relaciones Exteriores solicitó que se emita Resolución Ministerial enmendando errores en planillas del Servicio Diplomático y Consular a fin de restituir los descuentos que sufrió -según afirma- indebidos (fs. 41 a 45). El 24 de junio de 2004, la Directora General a.i. de Asuntos Jurídicos manifiesta su conformidad con las Resoluciones emitidas dentro del recurso de amparo constitucional antes sustanciado y atenerse a ellas (fs. 46); en el mismo sentido lo hace el Viceministro de Relaciones Exteriores y Culto, Jorge Gumucio Granier, en atención a un memorial de 29 de junio (fs. 47).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Primera resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.2.Resolución de la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional
- 1)
- concede
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- concedido