SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0481/2006-R
Fecha: 22-May-2006
II.2.
II.2. La Jueza de la causa por Auto de 7 de junio de 2004 rechazó las cuestiones previas opuestas (fs. 514 y vta.) Resolución que fue confirmada en apelación mediante Auto de 23 de junio de 2004, bajo el argumento de que el Juez a quo, realizó una correcta valoración de los documentados presentados, aduciendo que las excepciones formuladas por el imputado, constituyen defensa de fondo debiendo ser resueltas en sentencia, según prescribe el art. 189 del CPP.1972 (fs. 434 y vta.), interponiendo el recurrente, el 27 de julio de 2004, enmienda y complementación sobre la falta de pronunciamiento respecto a la conminatoria de exhibición del recibo (fs. 436 y vta.), solicitud que fue rechazada por Auto de de 28 de julio de 2004 (fs. 437).