Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0481/2006-R
Fecha: 22-May-2006
II.8.
II.8. El Juez recurrido por Auto de Vista de 9/2005, de 1 julio, revocó el Auto de 23 de abril de 2005, ordenando la prosecución del juicio hasta su conclusión. Asimismo, rechazó la apelación interpuesta por el recurrente contra el Auto que negó su solicitud de que se imponga a la parte querellante el pago de costas honorarios profesionales, daños y perjuicios (fs. 564 a 566 vta.).