SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0520/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0520/2006-R

Fecha: 01-Jun-2006

II.3.

II.3.  Conforme al informe social de 6 de abril y al certificado médico de 18 de abril, ambos de 2005 (fs. 264 a 265 y 283), emitidos por la Trabajadora Social del Comando Regional de la Zona Sud y  del Director Médico del hospital policial “Virgen de Copacabana”, el 2 de febrero de 2005, Daniel Iván Balderrama Ayala se internó en dicho nosocomio por fractura de la pierna derecha, del codo izquierdo, policontusiones y estado de ebriedad, habiendo sido tratado y transferido al día siguiente al hospital Obrero, donde, según el informe del médico tratante, de 13 de mayo de 2005 (fs. 284), fue intervenido quirúrgicamente dos veces. En el informe social de 23 de mayo de 2005 (fs. 289 a 290);  la Trabajadora Social sugirió  al Comandante Regional de la Policía zona Sur de La Paz, se pase al procesado a la Dirección Nacional de Salud Y Bienestar Social para recibir “el apoyo necesario”.