Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0547/2006-R
Fecha: 12-Jun-2006
APRUEBA
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional con los fundamentos expuestos, APRUEBA la Resolución 26/2005, cursante de fs. 261 vta. a 268, pronunciada el 23 de septiembre, por el Juez Técnico del Tribunal de Sentencia de Yacuiba del Distrito Judicial de Tarija.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- i)
- a)
- deniega
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el agraviado debe acusar el acto indebido o ilegal constituido ya sea en un acto procesal o en una resolución ante la instancia última,
- III.2.
- que bajo ningún concepto puede, en materia de amparo, sustituir la competencia otorgada a la jurisdicción ordinaria.
- denegatoria
- APRUEBA