Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0565/2006-R
Fecha: 19-Jun-2006
II.4.
II.4. Abierto el término probatorio (fs. 117 vta.) y producidas las pruebas por ambas partes, el Juez recurrido pronunció el Auto de 26 de abril de 2005 (fs. 138 a 139 vta.), en el que reguló el honorario profesional del abogado en $US20.000.- independientemente de cualquier pago a cuenta. Contra este Auto, el recurrente planteó recurso de apelación (fs. 143 a 144 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- a)
- exhibiendo la iguala profesional,
- Fragmento 15
- III.2. La problemática planteada
- adjuntando la iguala profesional,
- APROBAR