SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0565/2006-R
Fecha: 19-Jun-2006
III.2. La problemática planteada
Sin embargo, una vez concluido el proceso, en ejecución de sentencia, el abogado del recurrente, en uso de la facultad que le confiere el art. 80 de la LA, solicitó el pago de sus honorarios, pero esta cancelación la pidió en el monto de $US40.000.- en base al otrosí quinto antes glosado, sin adjuntar la iguala profesional correspondiente, dando lugar a que el Juez recurrido fije los honorarios en $US20.000.- a través del Auto de 26 de abril de 2005, contra el que el actor planteó recurso de apelación que fue resuelto por los vocales correcurridos a través del Auto de Vista de 25 de julio de 2005, fijando en $US40.000.- los honorarios profesionales, al darle plena validez legal al otrosí quinto, como señalan en el Auto complementario de 11 de agosto de 2005.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- a)
- exhibiendo la iguala profesional,
- Fragmento 15
- III.2. La problemática planteada
- adjuntando la iguala profesional,
- APROBAR