SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0578/2006-R
Fecha: 20-Jun-2006
II.7
II.7.En la audiencia de 26 de abril a horas 16:00, la abogada del actor nuevamente explicó la lesión sufrida por su defendido y presentó el certificado médico de 19 de abril. Por su parte, la Jueza recurrida, el representante del Ministerio Público señalaron que el certificado médico presentado refrendaba el anterior y no acreditaba un impedimento absoluto, sino sólo un tratamiento de cuello blando que no imposibilitaba la presencia del actor a la audiencia cautelar, por lo que dispuso la expedición del mandamiento de aprehensión en su contra, señalando nueva audiencia cautelar para el 29 de abril a horas 11:00 (fs. 94 a 96).
En la misma fecha, la Juzgadora demandada libró el mandamiento de aprehensión 01/2006, de fecha 29 de abril, disponiendo que los representantes del Ministerio Público aprehendan y conduzcan al recurrente, con el auxilio de la fuerza pública, encomendando su cumplimiento a la Policía Técnica Judicial (PTJ) (fs. 97).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- a)
- b)
- c)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- No obstante no existir, de acuerdo al certificado médico, un tiempo de impedimento físico cierto y absoluto
- un tratamiento
- III.3.