SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0584/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0584/2006-R

Fecha: 20-Jun-2006

(fs. 166)

En ese orden de análisis, del cuaderno procesal remitido a este Tribunal, se evidencia que por memorial presentado el 17 de marzo de 2005 (fs. 166)  el recurrente, en mérito a lo dispuesto por el art. 59 del CTB solicitó al Gerente Regional de la Aduana Nacional de Oruro la devolución de su maquinaria agrícola por prescripción tributaria; sin embargo, hasta la interposición de la presente acción tutelar, la Administración Aduanera no sustanció ni resolvió dicha solicitud y, si bien existen informes glosados en los (puntos II.8, II.9 y II.10 del acápite de conclusiones de este fallo), que concluyen que la solicitud de prescripción solicitada por el recurrente fue declarada inviable en mérito a que la Resolución Sancionatoria GROGR ULEOR 21/05, de 17 de febrero de 2005, por la cual se sancionó al recurrente, estaba ejecutoriada;  no es menos evidente, que dichos informes de modo alguno pueden considerarse en Derecho resoluciones administrativas que hubiera resuelto su solicitud de prescripción y por lo mismo tengan el carácter de impugnables y de otro son actos que no se le hicieron conocer al recurrente mediante notificación legal; en cuyo mérito, se concluye que no hubo sustanciación ni resolución alguna respecto a la solicitud de prescripción tributaria planteada por el recurrente, desconociendo, las autoridades tributarias la obligación de declarar la prescripción o negarla en forma fundamentada, aún esta hubiera sido planteada en ejecución de sentencia, evitando dilaciones indebidas que lesionan los derechos de las personas; a efectos de que, con su resultado, pueda hacer uso de las vías de impugnación previstas por ley.