SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0584/2006-R
Fecha: 20-Jun-2006
'Las prescripción puede oponerse en cualquier estado de la causa, aunque sea en ejecución de sentencia si está probada'
En ese sentido, sobre la prescripción tributaria, en el Código Tributario abrogado, aplicable al vigente, este Tribunal en la SC 1606/2002-R, de 20 de diciembre, que ha sido seguida, entre otras por sus similares 0992/2005-R, 1029/2005-R y 1261/2005-R, estableció que: “El art. 1497 del Código Civil (CC) dispone: 'Las prescripción puede oponerse en cualquier estado de la causa, aunque sea en ejecución de sentencia si está probada'. A su vez el art. 1498 del mismo cuerpo de leyes establece: 'Los jueces no pueden aplicar de oficio la prescripción que no ha sido opuesta o invocada por quien o quienes podían valerse de ella'. De ello resulta que el recurrente debió oponer expresamente la prescripción dentro del trámite administrativo seguido por la Administración Tributaria (…)” (las negrillas son nuestras).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3.Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.1.1.
- II.1.2.
- II.2.
- II.7.1.
- II.7.2.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III.1.
- o administrativo
- La importancia del debido proceso esta ligada a la búsqueda del orden justo
- así como su inexcusable observancia y exigibilidad en toda actividad sancionadora
- III.2.
- delitos tributarios
- delito tributario de contrabando,
- delito tributario de contrabando, se considerará contravención tributaria y no delito tributario,
- mediante cargo en el que
- En Contrabando, el Acta de Intervención que fundamente la Resolución Determinativa, contendrá la relación circunstanciada de los hechos, actos, mercancías, elementos, valoración y liquidación, emergentes del operativo aduanero correspondiente y dispondrá la monetización inmediata de las mercancías decomisadas, cuyo procedimiento será establecido mediante Decreto Supremo”;
- El Acta de intervención por contravención de contrabando
- 1) La especificación de los hechos objeto del proceso, 2) Los elementos de juicio que inducen a sostener que el procesado es autor del ilícito que se le atribuye y, 3) La calificación legal de tal conducta.
- III.3.
- inclusive en la etapa de ejecución tributaria
- 'Las prescripción puede oponerse en cualquier estado de la causa, aunque sea en ejecución de sentencia si está probada'
- la autoridad tributaria tiene la obligación de declarar la prescripción o negarla en forma fundamentada, como corresponde en un Estado Constitucional
- (fs. 166)
- III.5.
- APROBAR