Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0623/2006-R
Fecha: 27-Jun-2006
II.12.
II.12. El 24 de agosto de 2005 (fs. 64), Luis Carvallo Soliz pidió a la Jueza cautelar ordene la restitución de la movilidad y los documentos de nacionalización al Fiscal de Distrito, que los tenía bajo su custodia. La Jueza Sexta de Instrucción en lo Penal, por decreto de 2 de septiembre de 2005 (fs. 64 vta.), señaló que el pedido debe dirigirse al Fiscal del caso, en razón a que su autoridad no tuvo conocimiento ni dispuso el secuestro del motorizado, además que en el caso se cuenta con rechazo de denuncia.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- concede
- II.1.
- II.2.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Tratamiento de vehículos indocumentados
- Intervención del Ministerio Público
- el rechazo de la denuncia,
- III.2. Análisis del presente caso
- REVOCA