SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0640/2006-R
Fecha: 04-Jul-2006
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El recurrente a través de su abogada ratificó el recurso y lo amplió al indicar que al no ordenar su libertad, los jueces recurridos están agravando la medida cautelar que le fue impuesta por el Auto de Vista de 15 de marzo de 2006, consistente en vigilancia policial y no en escolta policial que son figuras diferentes, tal como lo reconocen los vocales de la Sala Penal Primera mediante la Resolución de 17 de abril de 2006. Por su parte, el Director Departamental de la FELCN señaló que no cuenta con personal para tal fin, por lo que su hija contrató particularmente un policía pero los jueces recurridos nuevamente le rechazaron la libertad, porque requirieron que el Policía contratado acredite la designación o autorización por parte del Comandante del Batallón de Seguridad Física de esa ciudad para celebrar el contrato mencionado o prestar el servicio de vigilancia requerido. Por último, reiteró que en cuatro oportunidades su petición de libertad fue rechazada, pese a que fue beneficiado con medidas sustitutivas, por lo que plantea este recurso toda vez que no existe un Auto Motivado del cual pueda apelar y tampoco ve conveniente pedir la modificación de las medidas impuestas porque las cumplió a cabalidad, pidiendo en definitiva la procedencia del recurso.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- i)
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en apelación
- III.2.
- el cumplimiento de las leyes en todo el territorio nacional
- III.3.
- debido a que el Comandante Departamental de Policía, por oficio de 19 de enero de 2004, representó a la autoridad judicial demandada su imposibilidad de enviar efectivos policiales
- improcedente