Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0640/2006-R
Fecha: 04-Jul-2006
II.3.
II.3. Apelada la anterior Resolución por el actor (fs. 99 a 100), fue resuelta por Auto de Vista de 15 de marzo de 2006, mediante el cual la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz declaró procedente el recurso y dejando sin efecto la Resolución de 22 de febrero de 2005, dispusieron entre otras medidas sustitutivas la Detención domiciliaria del actor “entre las 19:00 y 07:00 con vigilancia policial, para lo cual se debe oficiar a las oficinas de la FELCN” (sic).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- i)
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en apelación
- III.2.
- el cumplimiento de las leyes en todo el territorio nacional
- III.3.
- debido a que el Comandante Departamental de Policía, por oficio de 19 de enero de 2004, representó a la autoridad judicial demandada su imposibilidad de enviar efectivos policiales
- improcedente