SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0650/2006-R
Fecha: 10-Jul-2006
II.9.
II.9. El 7 de abril de 2005, los Vocales recurridos emitieron Auto de Vista resolviendo la apelación interpuesta por la apoderada de la recurrente, confirmando en su totalidad la Resolución apelada, con los siguientes fundamentos: a) el acta de declaración jurada 001/05 señalaba que Kennet y Kurt Simbron Salas recibieron de parte del demandado $us5.000.- por concepto de pensiones devengadas, teniendo dicho documento todo el valor y eficacia probatoria que le asignan los arts. 1294, 1289 y 1287 del CC en relación al art. 330 de su procedimiento; b) si bien quienes declaran recibir el citado pago no eran parte del proceso; sin embargo, resultaban ser los beneficiarios de las pensiones de asistencia familiar devengadas, cuyo fin no era otro que el de cubrir sus requerimientos y necesidades conforme lo establecido por los arts. 14 y 21 del CF, más aún si contaban con la mayoría de edad y según testimonio cursante en el proceso desde 1996 vivían con su padre, para luego desde 1997 y 2002 respectivamente residir en el exterior de la República; c) el carácter de ejecutoria argüido era con relación a la liquidación de pensiones devengadas y rechazo de renuncia de asistencia familiar, no respecto al pago realizado con posterioridad a dicha liquidación acreditado documentalmente sobre cuyo valor no cabían presunciones de adulteración o engaño; y d) el art. 236 del CPC establecía la competencia del Tribunal de alzada para pronunciarse sobre lo resuelto por el inferior que hubiese sido objeto de impugnación, y que en el caso en apelación no correspondía pronunciarse sobre argumentos no expuestos en el memorial de apelación y sí en el memorial de apersonamiento, respecto a la cuota parte que pudiera tener la actora sobre las pensiones devengadas (fs. 16 a 17).