Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0672/2006-R
Fecha: 12-Jul-2006
II.2.
II.2. En el informe de acción directa de 22 de abril de 2006, el correcurrido, Franklin Flavio Monzón Callizaya, detalló que a horas 00:30 aproximadamente, hubo una persecución a un vehículo con tres sujetos en el interior, los que se dieron a la fuga, por lo que pidió permiso, tomó contacto con el vehículo sospechoso, y el recurrente se negó al arresto, viéndose forzado a utilizar gas lacrimógeno, pero con la ayuda de otros policías que llegaron, procedió al arresto de los tres sujetos por orden superior, ordenándole el mayor Ugarte que los conduzca a las oficinas de la “FELCC” más el vehículo; oficina donde se hizo cargo el policía de servicio Zenón Hinojosa (fs. 2 y vta.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- a partir de la diferencia de la naturaleza del arresto con la aprehensión,
- III.2.
- la libertad otorgada a una persona luego del arresto, no impide que el Fiscal posteriormente la cite y luego de que preste su declaración pueda aprehenderla, aún cuando se hubiera presentado voluntariamente,
- fue reparado oportunamente por el Fiscal
- III.3.