SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0700/2006-R
Fecha: 20-Jul-2006
II.7.
II.7. El 10 de febrero de 2005, el Fiscal Adjunto de Sustancias Controladas, presentó ante el Juez de Instrucción de Guayaramerín, para fines de control jurisdiccional, la acusación contra Manglio Ardaya Ardaya y Estela Rodríguez Síles, solicitando que, en relación a Manglio Ardaya Ardaya, se reponga el Auto o Resolución dictada bajo alternativa de apelación (fs. 61), y por decreto de 12 de ese mes, el Juez cautelar confirmó la Resolución impugnada, rechazando el recurso planteado (fs. 62), determinación contra la que, por memorial de 15 de febrero de 2005, el mencionado Fiscal interpuso recurso de apelación incidental (fs. 64 a 65), y por Auto de Vista 012/2005, de 17 de marzo, la Sala Penal declaró procedente la apelación incidental en consideración a que la acusación fue presentada dentro el término hábil establecido por el art. 134 CPP, y anuló el Auto de 10 de febrero de 2005 que fue impugnado (fs. 74 a 76).