Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0727/2006-R
Fecha: 26-Jul-2006
II.4.
II.4. Por memorial de 27 de abril de 2005 (fs. 158 a 159), el recurrente planteó recusación contra el Juez, que fue rechazada por Auto de la misma fecha (fs. 184), que dispuso se remitan fotocopias legalizadas de los antecedentes ante el Tribunal Agrario Nacional con informe explicativo, y se continúe la tramitación del proceso. Mediante Auto Interlocutorio Definitivo S1ª 011/2005, de 10 de mayo (fs. 277 a 278), la Sala Primera del Tribunal Agrario Nacional rechazó la recusación presentada por Eduardo Martínez Coarite contra el Juez Agrario de Yapacaní.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- deniega
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.9.
- SC 1337/2003-R, de 15 de septiembre.
- 1)
- III.2. Análisis del presente caso
- mismo no se activa para reparar supuestos actos que infringen las normas procesales o sustantivas, debido a una incorrecta interpretación o indebida aplicación de las mismas
- III.4. En cuanto al rechazo de la solicitud de complementación y enmienda
- ARTÍCULO 51.-
- 2º CONCEDE